SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL, EL DESARROLLO EXPERIMENTAL Y LA INNOVACIÓN EMPRESARIAL EN ANDALUCÍA.
- OBJETIVO GENERAL.-
Programas de subvenciones dirigidos a promover la investigación, el desarrollo y la innovación en el sector empresarial en Andalucía, en estrecha colaboración con el resto de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y en el marco de las prioridades establecidas en la Estrategia de Innovación Andalucía 2020 RIS3 Andalucía.
- Programa de Liderazgo en Innovación Abierta, Estratégica y Singular. Objetivo:
- El aumento del número y la calidad de los proyectos de I+D+i empresariales colaborativos en Andalucía.
- El impulso a proyectos singulares de I+D+i que supongan un efecto tractor para las empresas que operan en Andalucía y que se encuentren alineados con la Estrategia de Innovación Andalucía 2020.
- El incremento de la mutua colaboración público-privada, el fomento de la cooperación entre empresas y entre éstas y los centros de investigación e innovación y otras entidades sin ánimo de lucro que prestan servicios a las empresas como facilitadores de la innovación empresarial, especialmente en las PYMEs.
BENEFICIARIOS
- Las empresas válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro
empresarial o, en el caso de personas empresarias individuales, que aporten el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y que cumplan el requisito de ser trabajador autónomo.
- Con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía con independencia de dónde se encuentre el domicilio social.
- Que cuente con la capacidad económico-financiera suficiente para afrontar el proyecto solicitado,
- No se encuentren expresamente excluidas de la presente Orden.
- Las Agrupaciones o Asociaciones de carácter empresarial, las Agrupaciones de Interés Económico (AIE) y las fundaciones y asociaciones que realicen por sí mismas actividad económica y en cuyos fines se encuentre el desarrollo de actividades de investigación y desarrollo y el fomento de la actividad empresarial.
- Organismos Públicos de Investigación
- Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i
- Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
- Otras entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D+i, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
- Centros Tecnológicos y Centros de Innovación y Tecnología pertenecientes al Sistema Andaluz de del Conocimiento
- TIPOLOGIA DE LOS PROYECTOS
PROGRAMA DE LIDERAZGO EN INNOVACIÓN ABIERTA, ESTRATÉGICA Y SINGULAR.
- a) Proyectos Colaborativos
- b) Proyectos Singulares y Estratégicos
- c) Creación de Unidades de Innovación Conjunta
PROGRAMA DE LIDERAZGO EN INNOVACIÓN ABIERTA, ESTRATÉGICA Y SINGULAR.
- a) Proyectos Colaborativos: Proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental desarrollados en colaboración efectiva entre varias empresas en agrupación, con capacidad de arrastre tecnológico y posibilidades de efectos industriales en caso de éxito, y en el que participen organismos públicos o privados de investigación recibiendo una remuneración económica por dicha participación por parte de las empresas.
Requisitos específicos:
- Mínimo de 3 empresas con establecimiento operativo en Andalucía de las cuales, al menos, una de ellas ha de ser
- El proyecto debe contar con la participación remunerada de, al menos, un organismo de investigación y difusión de conocimientos en una cuantía igual o superior al 15% del presupuesto del global del proyecto.
- presupuesto mínimo determinada en la convocatoria
- Ninguna de las entidades miembros podrá acometer más del 70% del presupuesto del global del proyecto.
- La duración max 3 años desde la fecha de presentación de la solicitud.
- Además, los proyectos deben contemplar un plan de explotación empresarial y un plan de difusión de resultados, y su contenido deberá estar alineado con alguna de las prioridades de la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020.
Plazo de presentación solicitud: 75 días naturales a contar desde el día siguiente de la finalización del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Las solicitudes presentadas con anterioridad a dicha fecha serán desestimadas.
Presupuesto mínimo subvencionable: 1.000.000 €
Intensidad de la ayuda
Criterios de valoración de proyectos
- b) Proyectos Singulares y Estratégicos: Grandes proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental desarrollados en colaboración efectiva por agrupaciones formadas por empresas y entidades públicas y/o privadas de investigación.
Requisitos específicos:
- Min 5 entidades con establecimiento operativo en Andalucía y capacidades para desarrollar el proyecto. De estas entidades, al menos tres de ellas han de ser empresas, una de ellas No PYME con capacidad tractora, y dos PYMES.
- En estos proyectos deberán igualmente participar como entidades miembros de la agrupación al menos dos organismos de investigación y difusión de conocimientos o dos grupos de investigación del mismo organismo cuando éste sea una universidad y la participación de estos organismos no podrá ser inferior al 20% del presupuesto del global del proyecto.
- Presupuesto mínimo, cuya cuantía será fijada en la convocatoria y ninguno de los miembros podrá acometer más del 70% del presupuesto del global del proyecto.
- La duración de la ejecución de los proyectos max 3 años desde la fecha de presentación de la solicitud.
- Además, los proyectos deben contemplar un plan de explotación empresarial y un plan de difusión de resultados, y su contenido deberá estar alineado con alguna de las prioridades de la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020.
Intensidad de la ayuda
- c) Creación de Unidades de Innovación Conjunta: Proyectos Conjuntos entre empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos para favorecer la cooperación entre dichos organismos y el tejido empresarial al objeto de desarrollar de manera conjunta y coordinada actividades de desarrollo tecnológico vinculadas con las prioridades de la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020 RIS3.
Requisitos específicos:
- Estará conformada por un único organismo de investigación y una única empresa, que habrá de tener la consideración de no PYME, debiendo constituirse por acuerdo escrito y elevado a público con fecha posterior a la presentación de la solicitud, y en cualquier caso deberá estar acreditado con anterioridad a la resolución definitiva de la ayuda si ésta se produce.
- Deberá presentarse un proyecto a tres años, que incluya un conjunto de objetivos y actividades alineadas con las prioridades de la Estrategia de Innovación Andalucía 2020-RIS3.
- Las Unidades de Innovación Conjunta deberán estar localizadas en Andalucía y físicamente diferenciada de las entidades que la constituyen.
- Deberán contar con un presupuesto mínimo, cuya cuantía se determinará en la pertinente convocatoria, para un horizonte temporal de 3 años, y la aportación mínima de la empresa participante en la Unidad de Innovación Conjunta será de al menos el 50% del presupuesto total.
Intensidad de la ayuda
Presupuesto mínimo subvencionable: 1.500.000 €
Plazo de presentación solicitud: 75 días naturales a contar desde el día siguiente de la finalización del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Las solicitudes presentadas con anterioridad a dicha fecha serán desestimadas.
Criterios de valoración de proyectos
- BENEFICIARIOS
- GASTOS SUBVENCIONABLES
- Gastos de personal relacionados con el personal investigador, el personal técnico y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto subvencionado y se haya incurrido en ellos efectivamente. Sólo serán subvencionables aquellos gastos del personal relacionado con el proyecto subvencionado y que la entidad no llevaría a cabo si no realizara el mismo.
- Costes del instrumental y material de nueva adquisición, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto
- Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. En este apartado se incluirán los costes de contratación de Organismos Públicos de Investigación, Centros Tecnológicos, Centros de Innovación y Tecnología y otros asesoramientos externos especializados. Estos gastos deberán estar debidamente acreditados y ser relevantes para el proyecto.
- Los gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto y que sean necesarios para su ejecución, incluyendo entre estos los costes indirectos.
- Otros gastos de explotación adicionales, no mencionados en los apartados anteriores, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto. Serán también elegibles los gastos de viajes internacionales y dietas vinculados con esos viajes, exclusivamente para los proyectos incluidos en el Programa de Fomento de I+D+i Internacional y exclusivamente para las actividades de coordinación de dichos proyectos.
- Equipos informáticos o de infraestructura de tecnologías de la información y comunicaciones,
- Adquisición y tratamiento de software, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática.
- Costes de contratación de asesoramiento y servicios de apoyo a la innovación