En base al Art. 5.1 a) del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, señala:
“Podrán ser destinatarios de la formación profesional para el empleo, todos los trabajadores ocupados y desempleados en los términos que, a continuación se indican:
Podrán participar los trabajadores asalariados que presten sus servicios en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas y coticen a la Seguridad Social en concepto de formación profesional, incluidos los trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, así como los trabajadores que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo y los trabajadores afectados por medidas temporales de suspensión de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en sus períodos de suspensión de empleo”.
Acceso BOE: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-7769
Acceso BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-9734