AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL Y DE DESARROLLO EXPERIMENTAL, LÍNEA “PROGRAMA DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL”

  • OBJETIVO GENERAL.

Programas de subvenciones dirigidos a promover la investigación, el desarrollo y la innovación en el sector empresarial en Andalucía, en estrecha colaboración con el resto de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y en el marco de las prioridades establecidas en la Estrategia de Innovación Andalucía 2020 RIS3 Andalucía.

  • BENEFICIARIOS
  1. Las empresas válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro empresarial o, en el caso de personas empresarias individuales, que aporten el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y que cumplan el requisito de ser trabajador autónomo.
  2. Con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía con independencia de dónde se encuentre el domicilio social.
  3. Que cuente con la capacidad económico-financiera suficiente para afrontar el proyecto solicitado,
  4. No se encuentren expresamente excluidas de la presente Orden.

 

  • TIPOLOGIA DE LOS PROYECTOS

1.- PROGRAMA DE APOYO A LA I+D+I EMPRESARIAL.

  1. a) Proyectos de Investigación Industrial: Proyectos de investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.

Requisitos específicos:

  • Podrán presentarse individualmente o máx de 2 empresas en colaboración efectiva, siendo en este caso necesario que al menos una de ellas sea PYME y ninguna de las dos empresas tenga un presupuesto superior al 70% del total.
  • Duracion máx del proyecto: 3 años desde solicitud, no pudiendo finalizar con posterioridad al 30 de junio de 2023.
  • Los proyectos podrán contar con la participación remunerada de un organismo de investigación que habrá de tener la consideración de investigación contractual. Dicha participación podrá incrementar el porcentaje de subvención a otorgar al proyecto, siempre y cuando alcance una cuantía mínima del 10% del presupuesto subvencionable del mismo.

Intensidad de la ayuda

Proyecto investigación industrial

b) Proyectos de Desarrollo Experimental: Proyectos dirigidos a la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; podrán incluir también actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios, la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados;

experimental

Requisitos específicos:

  • Podrán presentarse individualmente o máx de 2 empresas en colaboración efectiva, siendo en este caso necesario que al menos una de ellas sea PYME y ninguna de las dos empresas tenga un presupuesto superior al 70% del total.
  • Duracion máx del proyecto: 3 años desde solicitud, no pudiendo finalizar con posterioridad al 30 de junio de 2023.
  • Los proyectos podrán contar con la participación remunerada de un organismo de investigación que habrá de tener la consideración de investigación contractual. Dicha participación podrá incrementar el porcentaje de subvención a otorgar al proyecto, siempre y cuando alcance una cuantía mínima del 10% del presupuesto subvencionable del mismo.

Intensidad de la ayuda

  • CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS PROYECTOScriterios
  • GASTOS SUBVENCIONABLES

 Gastos de personal relacionados con el personal investigador, el personal técnico y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto subvencionado y se haya incurrido en ellos efectivamente. Sólo serán subvencionables aquellos gastos del personal relacionado con el proyecto subvencionado y que la entidad no llevaría a cabo si no realizara el mismo.

  1. Costes del instrumental y material de nueva adquisición, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto
  2. Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. En este apartado se incluirán los costes de contratación de Organismos Públicos de Investigación, Centros Tecnológicos, Centros de Innovación y Tecnología y otros asesoramientos externos especializados. Estos gastos deberán estar debidamente acreditados y ser relevantes para el proyecto.
  3. Los gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto y que sean necesarios para su ejecución, incluyendo entre estos los costes indirectos.
  4. Otros gastos de explotación adicionales, no mencionados en los apartados anteriores, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto. Serán también elegibles los gastos de viajes internacionales y dietas vinculados con esos viajes, exclusivamente para los proyectos incluidos en el Programa de Fomento de I+D+i Internacional y exclusivamente para las actividades de coordinación de dichos proyectos.

 

  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo finalizará el 30 de septiembre de 2020.

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